VIVO | Comienza el juicio por la muerte de Diego Maradona
La PSA recuperó la placa del doble disco de platino que le habían robado a María Becerra
Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, fuerza dependiente del Ministerio de Seguridad, recuperó la placa del doble disco de platino de la cantante, María Becerra, la que había sido sustraída en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” de Ezeiza.
El robo había ocurrido cuando el productor de la artista olvidó un carrito donde trasportaba su equipaje, en el estacionamiento del aeropuerto. En ese momento, una pareja aprovechó el descuido y sustrajo el disco para llevarlo hasta su domicilio.
Tras recibir la denuncia, tomó intervención la Fiscal Florencia Belloc, Secretaría de Federico Ricart, de la UFI N°1 Descentralizada de Ezeiza, que ordenó la inmediata investigación. De esta manera, los efectivos de la PSA realizaron el seguimiento de las cámaras e identificaron a los sospechosos.
Tras ello, los oficiales allanaron la casa de la pareja y hallaron la valiosa placa que, luego, fue restituida a su dueña. Ambas personas quedaron imputadas por el delito de “apropiación de objeto perdido”.
El ministro de Justicia anunció la implementación del sistema acusatorio en todo el país
Lo denunciaron por delitos de lesa humanidad para cobrar una indemnización de 140 millones de dólares y 15 años después lo sobreseyeron
La jueza federal María Romilda Servini sobreseyó al ex vicepresidente del Banco Central, Alejandro Reynal en una causa iniciada por Eduardo Saiegh -ya fallecido-, ex dueño del Banco Latinoamericano, por delitos de lesa humanidad.
El expediente se inició por una denuncia de Saiegh en febrero de 2019, en la que manifestó que el 31 de octubre de 1980 había sido secuestrado por una comisión paramilitar y que durante seis días había sido “salvajemente” torturado para que confesara delitos inexistentes en el Banco Latinoamericano del que era propietario con el objetivo de desapoderarlo de la entidad financiera y de todos sus bienes.
Dijo además que fue liberado después de siete días y que pudo salvar su vida a cambio de un pacto de silencio de 20 años. Para poder involucrar a Reynal en esta denuncia por supuestos delitos de lesa humanidad pidió y -con el apoyo del entonces secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde- logró que la Sala II de la Cámara Federal ordenara el desarchivo de un expediente por extorsión contra Alejandro Reynal en el que el ex funcionario del Banco Central había sido sobreseído. El tribunal de alzada declaró la conexidad con la causa por el supuesto secuestro y torturas y además dispuso que ambos legajos fueran acumulados para que prosiguiera la investigación impulsada por las partes acusadoras.
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| Jueza federal María Romilda Servini |
Lo cierto es que luego de un largo proceso no se pudo comprobar que Saiegh hubiera sido secuestrado y mucho menos torturado. Durante la investigación quedaron al descubierto numerosas inconsistencias en el relato de los supuestos hechos denunciados por el fallecido banquero.
Vale recordar, para entender la maniobra, que el Grupo Greco, que era dueño del Banco Los Andes, y Saiegh intentaron cobrar indemnizaciones millonarias del Estado Nacional por la liquidación de sus bancos durante la crisis que arrastró también al Banco de Intercambio Regional (BIR), Oddone y el Banco Internacional. Esas entidades fueron liquidadas por insolvencia a raíz de operaciones de “autopréstamos”.
Según consta en la causa, Eduardo Saiegh no apeló el sobreseimiento de Reynal en el expediente en el que el ex número 2 del BCRA había sido acusado por extorsión por haber negociado una indemnización con la Procuración del Tesoro; lo mismo que había hecho el Grupo Greco.
En 2006, la entonces ministra de Economía, Felisa Miceli llegó a firmar una resolución favorable a los Greco y luego debió retractarse cuando los senadores Ernesto Sanz y Gerardo Morales la denunciaron en el Congreso.
Con ese antecedente, su sucesor al frente de la cartera de Economía, Carlos Fernández, se negó a pagar una indemnización de 140 millones de dólares a la financiera Inversai de Eduardo Saiegh, mientras no tuviera una sentencia que lo ordenase.
Frustrado el intento de cobrar indemnizaciones de cientos de millones de dólares, la única chance que tenía Saiegh de conseguir que el Estado Nacional le diera ese dinero era convertirse en víctima de delitos de lesa humanidad. De esta manera -con la ayuda del abogado Rafael Resnick Brenner, condenado por pedir coimas en la AFIP conducida por Ricardo Echegaray y por el caso Ciccone- inventó en 2009 una historia de secuestro y torturas a partir de una detención real de Saiegh ocurrida en 1980 pero por una denuncia de un gerente infiel.
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DNU: la Justicia bonaerense suspendió dos artículos que desregulan el ejercicio de la abogacía
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| La Justicia hizo lugar a un planteo hecho por el Colegio de Abogados de Morón |
El juez Marcelo Gradin, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 1 de Morón, hizo lugar al pedido hecho por el presidente del Colegio de Abogados de Morón (C.A.M.), Jorge Frega y dictó una medida cautelar ordenando al Estado nacional la suspensión inmediata de los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia nro. 70/2023 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional.
La causa se inició el pasado 2 de febrero pasado tras la presentación hecha por Frega en su carácter de presidente del Colegio de Abogados de Morón quien interpuso una acción de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional por considerar que, el DNU dictado por el Presidente de la Nación, Javier Milei, “violenta la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la ley que regula el ejercicio de la abogacía en el territorio bonaerense”.
El letrado pidió además que el juez dicte una medida cautelar que disponga la suspensión total del DNU y supletoriamente con relación a los efectos que generen los artículos 2 y 3 de la norma cuestionada. Entre los fundamentos, Frega alegó que el decreto transgrede el modelo republicano de gobierno y el principio de división de poderes; avasalla materias que son de competencia exclusivamente provincial; se arroga facultades legislativas y no observa el principio de legalidad e irretroactividad de ley, entre otros cuestionamientos.
Asimismo, solicitó que se disponga en forma cautelar que el Estado Nacional, y en particular el Presidente de la Nación “se abstengan de dictar disposiciones relativas al poder de policía profesional y a la creación de instituciones a cargo de su cumplimiento, por ser una competencia no delegada por la Provincia de Buenos Aires al Gobierno Federal.”
Al momento de resolver el juez Marcelo Gradin remarcó que si bien la parte actora solicitó en primer término la suspensión de todo el DNU, de los 366 artículos que tiene la norma atacada “se advierte que el peticionante ha analizado únicamente, en modo concreto, particular y minuciosamente detallado, los efectos y las consecuencias jurídicas que a su entender generan las disposiciones segunda y tercera del decreto en cuestión”. En ese sentido, el magistrado señaló que no se ha demostrado cuál sería el perjuicio actual o inminente de cualquiera de los otros artículos del DNU.
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Desestiman una denuncia contra farmacéuticas y alimenticias por el aumento de los precios
El juez en lo Penal Económico Marcelo Aguinsky desestimó una denuncia penal presentada por un abogado particular contra empresas -que no identificó- productoras de medicamentos y alimentos a las que acusó del delito de “especulación maliciosa y abusiva” conocido jurídicamente como agiotaje.
El 19 de diciembre de 2023, el abogado Osvaldo Oscar Albano planteó que grupos de empresarios de la industria alimenticia y farmacéutica configuraron un alza artificial de los precios de las mercaderías a través de especulaciones, negociaciones fingidas o coaliciones entre los principales tenedores de alimentos y medicamentos.
Antes de que asuman las nuevas autoridades de la administración nacional -según el denunciante- los empresarios actuaron “en un claro acuerdo tácito o quizás expreso y oculto entre ellos en cada rama alimenticia“. Y agregó que los hombres de negocios “aumentaron desorbitada y artificialmente los precios previendo una inflación que podría producirse una vez integrado” el gobierno del entonces presidente electo Javier Milei.
El denunciante además expresó que, luego de la difusión de las medidas de libertad de mercado implementadas por la nueva gestión, las empresas “volvieron descaradamente a aumentar los precios, cuando ya lo habían hecho anteriormente (… ), es decir que sumaron artificialmente dos veces por la misma causa que adujeron en defensa del capital”.
Por tratarse de un autor no identificado la causa fue delegada al fiscal Emilio Guerberoff quien en su dictamen solicitó se desestime la denuncia. Una vez cumplido ese paso procesal la causa volvió al despacho del juez Aguinsky a fin de que el magistrado resuelva la cuestión planteada.
En el fallo, el juez destacó que a lo largo de la historia de la humanidad “la relación de Gobierno, precios y consumidores siempre fue una tentación para las regulaciones.” Y aclaró que si bien “la especulación y el agiotaje son dos actividades que se relacionan con la compra de bienes o servicios con la intención de venderlos a un precio más alto en el futuro” existen algunas diferencias entre ambas. Y una es fundamental: la primera es legítima y la segunda es ilegal. En ese sentido señaló que “el agiotaje (...) se caracteriza por una especulación maliciosa y abusiva“. Y que “a diferencia de la especulación, el agiotaje puede tener efectos negativos en la economía, ya que puede provocar una subida salvaje de los precios y la escasez de bienes”.
Aguinsky explicó en su resolución que “el delito de agiotaje se configura cuando una persona, con el fin de no vender o de no vender sino a un precio determinado, hace alzar o bajar el precio de las mercaderías por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas o por reunión o coalición entre los principales tenedores de una mercadería o género”. Esos son los tres medios comisivos enumerados taxativamente en el Código Penal que fundamentan el castigo penal.
Sobre la modalidad de “reunión o coalición” Aguinsky afirmó que, para ser ilegal, “debe tener como propósito alterar los precios con el fin de retener la mercancía o venderla únicamente a un precio predeterminado”.
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Jueces federales criticaron la eficacia del Código Procesal Penal Federal para investigar delitos de crimen organizado
“Me parece que es un código que para resolver casos sencillos es fantástico pero respecto del crimen organizado nos pone en una situación peor”, dijo el juez federal Ariel Lijo al referirse a la experiencia que vive a diario en su juzgado desde la implementación del Código Procesal Penal Federal. El magistrado participó de un encuentro organizado por el Comité sobre Criminalidad Organizada Transnacional (COT) del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI).
En el evento expusieron además de Lijo, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Juan Carlos Gemignani; el ex juez de ese tribunal, Eduardo Riggi; y el fiscal de la Cámara Federal de Casación, Raúl Pleé. La reunión fue coordinada por la ex jueza de Casación, Liliana Catucci, las primeras palabras estuvieron a cargo de Juan Félix Marteau, director del COT y contó con la presencia del Presidente del Comité Ejecutivo del CARI, José Octavio Bordón.
El ex juez Riggi señaló que una de las problemáticas que se ha desatendido en su implementación es la relacionada con los costos económicos de este código. “Esto ha ocurrido porque hay una costumbre generalizada de propender a grandes reformas y no ver de dónde van a salir los fondos, y no estudiar y analizar la viabilidad.” Planteó que al implementarse el sistema acusatorio los juzgados no van a necesitar todo el personal que tienen en la actualidad. “Esa gente debería ser utilizada por las fiscalías”, dijo Riggi y agregó “hay que reordenar la cuestión y hacerla autosustentable.”
El ex magistrado señaló que por un lado el código establece que los jueces no deben retardar indebidamente alguna decisión pero se pusieron en vigencia en el ámbito federal artículos que disponen que sólo podrán ser ejecutadas sentencias firmes, un principio muy interesante -según Riggi- pero que viene a trastocar nuestra realidad ya que en algunos casos aún con sentencia de la Corte esos fallos no se pueden ejecutar y recién adquieren firmeza una vez que son revisados por tribunales internacionales.
“Esto no sólo afecta la soberanía nacional sino que pareciera que tiene un enderezamiento político muy reprochable y poco aceptable para quienes trabajamos en la tarea de implementar la ley y de aplicar el derecho penal a los culpables”, dijo Riggi.
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Denunciaron a los funcionarios del gobierno que dieron de baja bases de datos de personas que tuvieron COVID-19
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| Imagen de Михаил Докукин en Pixabay |
El fiscal federal Guillermo Marijuán presentó una denuncia penal para que se investigue la posible responsabilidad de los funcionarios del gobierno nacional que intervinieron en el dictado de la resolución mediante la que se ordenó la baja de una serie de bases de datos creadas con la finalidad de registrar los casos de COVID-19 y la aplicación Cuid.AR.
Se trata de 12 bases de datos cuya eliminación fue ordenada a través de la resolución nro. 2 de 2023 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Según lo que Marijuán describió en la denuncia “como resultado de la disposición dictada se estaría eliminando cualquier tipo de registro de datos vinculado a las personas que pudieran haber registrado y/o utilizado las aplicaciones creadas por el Gobierno Nacional”.
El fiscal federal señala en su escrito que con esta conducta se estarían suprimiendo posibles antecedentes de personas que hayan padecido el virus COVID-19 o utilizado estas herramientas y aplicaciones para registrar turnos de vacunación y demás datos personales que den cuenta de las políticas empleadas por el gobierno nacional para el plan de vacunación de la población del país.
“No debe perderse de vista que aún se sigue convocando a la población a que continúe y/o complete el plan de vacunación contra el “Coronavirus”, lo cual demuestra la necesidad que estos datos continúen siendo resguardados”, destaca el fiscal Marijuán en su denuncia.
Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal hace notar que también las bases de datos cuya eliminación se ordena en la disposición de la Jefatura de Gabinete alcanza a certificados y permisos de circulación emitidos durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).
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Qué son los juicios por la verdad
Los llamados juicios por la verdad se llevaron a cabo en la Argentina a partir de 1998 como consecuencia del permanente pedido en ese sentido de organizaciones defensoras de Derechos Humanos y familiares de víctimas del terrorismo de Estado durante la última dictadura militar. Como existía una imposibilidad de perseguir penalmente esos hechos, el objetivo que se buscaba con esos procesos era encontrar información relevante que llevaran a la verdad de lo ocurrido durante el gobierno de facto que ocupó el poder entre 1976 y 1983. Un dato a tener en cuenta es que estos juicios tuvieron lugar a finales de la década del 90, época en que estaban vigentes las leyes de Obediencia Debida y Punto Final que vedaban la posibilidad de juzgar a miembros de las Fuerzas Armadas por los delitos cometidos durante el gobierno militar.
El concepto recobró actualidad inesperadamente en la última semana, a partir de la denuncia del joven Lucas Benvenuto contra el popular conductor televisivo Jay Mammon, por un presunto abuso sexual ocurrido en el año 2006, cuando el denunciante era menor de edad. El hecho ya registra un antecedente judicial que terminó con el sobreseimiento por prescripción del conductor por el paso del tiempo en el presunto episodio. Como las leyes argentinas estipulan que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho, y dado el impacto que generó el caso en la opinión pública, irrumpió la posibilidad de realizar un juicio por la verdad.
“El daño que a mí se me está haciendo es tan enorme que yo no quiero, necesito el juicio a la verdad. Lo necesito”
El propio Jay Mammon, durante un descargo volcado en un video de 7 minutos que publicó este miércoles 29 de marzo en sus redes sociales, pidió que su caso se revisado mediante este particular proceso. “El daño que a mí se me está haciendo es tan enorme que yo no quiero, necesito el juicio a la verdad. Lo necesito”, señaló el conductor.
Durante su testimonio público, se defendió diciendo: “No violé, no abusé y no drogué a nadie”. Y aunque admitió haber mantenido una relación con el joven que hoy lo denuncia, dijo que ocurrió cuando este tenía 16 años y no 14, como afirma el denunciante.
Benvenuto, en tanto, también a través de sus canales de redes sociales, se refirió a la posibilidad de un juicio por la verdad. “Mi caso no se va a poder volver a abrir, no hay vuelta atrás. Todos me dijeron que vaya por el juicio por la verdad. Pero en ese juicio no hay condena, no voy a poder obtener condena. Lo único que va a hacer eso es revictimizarme y volver a pasar por eso horroroso que viví. Yo creo que la condena social vale más que ese juicio pedorro”, señaló.
🔴 Caso Jey Mammon: los días del conductor en Madrid
— América TV (@AmericaTV) April 10, 2023
🗣️ Ángel De Brito: "Me da mucha lástima porque era una persona que quería"
Cc #ALaTarde pic.twitter.com/zPou9nC65Z
La actriz Thelma Fardín, quien mantiene una denuncia por abuso sexual contra el actor Juan Darthés, hizo un pedido expreso para que, en paralelo a la modificación del criterio en el Poder Judicial, se realicen juicios por la verdad para subsanar el daño a las víctimas: “Se abre un paréntesis interesante con los juicios por la verdad igualando la violencia sexual con los delitos de lesa humanidad contemplando el daño sobre las víctimas”.
Además, hace varios meses los abogados querellantes de Mavy Álvarez, la mujer cubana que denunció haber sido abusada por Diego Maradona durante la estadía del fallecido ídolo argentino en Cuba, presentaron ante en Comodoro Py un pedido en el mismo sentido: requirieron un “juicio a la verdad” para esclarecer el caso, para que la Justicia diga si los acusados son culpables o inocentes.
Los antecedentes que derivaron en los juicios por la verdad
La Ley de Punto Final, promulgada el 24 de diciembre de 1986, dispuso la paralización de los procesos judiciales contra los acusados de ser autores del delito de desaparición forzada de personas durante el gobierno de facto, y al mismo tiempo establecía un plazo de extinción de la acción penal de 60 días corridos a partir de la promulgación de la ley, un tiempo bastante exiguo que en la práctica significó que la mayoría de los imputados quedaran fuera del alcance de la persecución penal.
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Para ellos la fiesta, para nosotros la pandemia
La Argentina vive momentos de extrema gravedad institucional. Tras conocerse el listado de ingresos a la Quinta Presidencial durante la estricta cuarentena del 2020 el hedor a putrefacción empezó a filtrarse por el sótano del poder.
Un empresario taiwanés con contratos con el Estado de dudosa transparencia, una modelo devenida en asesora, amigos, famosos.
Hasta ahí se trataba de un cierto descontrol en las visitas a la residencia de Olivos que empezó a crispar el ánimo social. Pero hubo un hecho que partió la tierra en dos. La foto de un festejo de cumpleaños, regado con vinos y espumantes, ramos de rosas por doquier y bombones caros fue un cachetazo al pueblo argentino. Sin barbijos, sin distancia social y violando todos los protocolos y el DNU vigente para esa fecha un grupo de 12 personas despreocupadas, disfrutando de las mieles estatales sonreían hacia la cámara de un celular.
Ese día la ocupación de camas de terapia intensiva en el AMBA era del 61,3%.
Solamente podías circular si eras esencial.
Si transitabas sin permiso te secuestraban el auto.
Dejaste de ver a tu familia, a tus amigos. Tus hijos estaban encerrados con clases virtuales, si tenías internet, si tenías un dispositivo y si tenían clases.
Las pymes quebraban, los negocios cerraban, los bares se fundían, comenzaron los infartos, los casos severos de depresión, ansiedad. Si tenías un trabajo informal, una changa, no podías salir de tu casa. Mientras tanto aumentaba todo, se sumaban los contagios, se multiplicaban las muertes.
Velaban a los seres queridos por zoom. No había autopsias.
Hubo familias que estuvieron meses separadas porque no se podía viajar.
Miles murieron solos. En muchas provincias arrasaron con los derechos humanos. No podías entrar, salir, acompañar a un ser querido.
Los camioneros esperaban días a la vera de las rutas. Padres con trabajo esencial que debieron dejar a sus hijos solos porque no estaba autorizado el personal doméstico ni que un familiar pueda circular para cuidarlos.
Horas y horas perdidas frente a la computadora para tramitar un permiso de circulación.
Cerraron los bancos, solo te atendian con turno, acceder a tu cuenta y a tu dinero, en muchos casos era una odisea.
Supermercado con horario limitado.
El pánico se respiraba en la calle.
El microcentro se convirtió en una zona desolada casi de guerra.
Nada iba a ser como antes de marzo del 2020.
Cumpleaños por zoom, citas por zoom, trabajo remoto. Dejaste de ir al médico y hacerte los chequeos porque te decían que había que dejar el sistema de salud para los enfermos de covid y era tal el miedo al contagio que proliferaron enfermedades que podrían haberse descubierto a tiempo.
Miles de niños sin sus terapias, regresiones graves en el comportamiento.
Adultos mayores en los geriátricos sin visitas.
Plazas sin chicos.
Un patrullero circulaba a la noche con un megáfono que te advertía que debías quedarte en casa. Parecía una distopía apocalíptica.
Aplausos a las 21 al personal de salud que estaba maltrecho, mal pago y esperando un bono que nunca llegaba.
Ahogados por intentar cruzar un río para ingresar a una provincia, centros de aislamiento símil detención en Formosa.
Quédate en Casa nos decía Fernández. Yo los estoy cuidando nos repetía hasta el cansancio. Y por momentos muchos sintieron esa figura protectora que busca un pueblo inmaduro.
Quedate en casa.
Y vos cumplías. Y respetabas. Y no veías a nadie. Y te cuidabas. Y llorabas en soledad a un muerto cercano.
Quedate en casa.
Y te quedaste sin trabajo. Quebró tu empresa. Te dedicabas al turismo y te fundiste.
Quedate en casa.
Y diste vuelta la última silla en tu restaurante.
Quedate en casa.
Mientras tanto había fiesta en Olivos. Habia brindis, había festejo. Había vida. Para el resto, para nosotros, encierro, angustia y pandemia.
Periodista de la Universidad del Salvador. Socia de Fopea. Ahora en Cadena 3 Argentina. Antes en Infobae y Radio 10. Soy donante. Pro-choice.














